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Chile/DD.HH.
2, de April 2026

General chileno, Patricio Jeldres recibe condena de 30 años por violaciones a los DD.HH.

Por:Agencias/

Imagen: Poder judicial (cl)

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana, condenó a exagentes del Estado por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Gabriel Cortez Luna, Patricio Lautaro Weitzel Pérez y Juan Mauricio Poblete Tropa.

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l ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana, condenó a exagentes del Estado por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Gabriel Cortez Luna, Patricio Lautaro Weitzel Pérez y Juan Mauricio Poblete Tropa.

También se incluye en el fallo, los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León, Gustavo Efraín Domínguez Jara, Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, Tomás Domínguez Jara, Arturo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Moreno Castro.

En el fallo el ministro en vista condenó al general (r) Patricio Jeldres a la pena de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos de tres homicidios calificados; y a Arturo Manuel Alarcón Navarrete, a 10 años y un día de presidio, como autor del homicidio de Lagos Marín

En tanto, el civil Juan Antonio Sepúlveda Peña, fue sentenciados a tres años de presidio, como cómplice del secuestro de Troncoso León.

Entre los hechos que motivaron la sentencia, se encuentra la del día 18 de septiembre de 1973, ocasión en que se dio muerte al adolescente de 16 años, Gabriel Cortés Luna.

La lectura de sentencia se realizó, de manera simbólica por acto de reparaciones, en la Primera Sala del Juzgado Civil de Chillán, y ante la presencia de las agrupaciones de familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de la Región de Ñuble.

El ministro Aldana, finalizada la lectura de sentencia, comentó que Jeldres pidió no ser trasladado al tribunal y escuchar la sentencia vía exhorto en su domicilio, a lo que el magistrado se negó.

En el aspecto civil, el ministro en visita condenó al fisco a pagar una indemnización total de $700.000.000 (setecientos millones de pesos) por concepto de daño moral, a familiares de las víctimas, separando pagos que van entre los 120 y los 90 millones de pesos a cada uno.

Siguen desaparecidos

Teresa Retamal, presidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Chillán, dijo respecto a la sentencia del general Jeldres que “el cambio de las causas desde la Corte de Apelaciones de Chillán a la de Concepción fue clave. Lo estuvimos pidiendo por 10 años y si hoy el ministro Aldana está aquí es porque se comprometió e hizo lo que tenía que hacer”.

Respecto al resultado del proceso, añadió que “igual nos quedamos con la gran disyuntiva de saber dónde están nuestros familiares. Acá hubo condenas por casos de personas ejecutadas, los que al menos ya fueron sepultados, pero otros siguen siendo detenidos desaparecidos”.

Quien por décadas estuvo representado jurídicamente a la agrupación, fue la abogada de Derechos Humanos, Patricia Parra, quien también compareció a la audiencia.

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Causa rol 6-2017

En el fallo (causa rol 6-2017 y acumuladas), el ministro Aldana Fuentes condenó al teniente de Carabineros a la época de los hechos, Patricio Enrique Jeldres Rodríguez a la pena de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León, Gustavo Efraín Domínguez Jara, Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, Tomás Rogelio Domínguez Jara, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro.

Asimismo, el otrora oficial deberá cumplir una segunda pena de 15 años y un día de presidio, como autor de los homicidios calificados de Gabriel Cortez Luna, Patricio Lautaro Weitzel Pérez y Juan Mauricio Poblete Tropa.

En tanto, el civil Juan Antonio Sepúlveda Peña fue condenado a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, como cómplice del secuestro calificado de Troncoso León.

En la resolución, el ministro Aldana Fuentes dio por establecido: “Que a raíz del pronunciamiento militar en el año 1973 existió en la Segunda Comisaría de Chillán una Comisión Civil integrada por carabineros de esa unidad policial, a cargo y/o dirigida por el teniente de Carabineros (Patricio Jeldres Rodríguez), la que a contar del 11 de septiembre de 1973, este grupo se dedicó a realizar detenciones de los adversarios políticos del régimen militar, sin orden judicial ni administrativa competente, algunos de los cuales eran sometidos a interrogatorios bajo tortura y luego ejecutados o hechos desaparecer, en forma absolutamente ilegal”, lo que fue vinculado por la investigación encabezada por el ministro en visita con los siguientes hechos, indagados en diversas causas:

“1-.- Alrededor de las 17:00 horas del 18 de septiembre de 1973, una patrulla de Carabineros integrada por Herminio Fernández Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Marqués Rodolfo Riquelme Echeverría (fallecido) y Pedro Loyola Osorio (fallecido) llegó al domicilio de Gabriel Marcelo Cortez Luna, ubicado en Pabellón Manuel Rodríguez, N°107 comuna de Chillán, los que entraron sin orden judicial ni administrativa competente, registrando violentamente el domicilio, en busca de Jorge Cortez Luna (hermano del anterior), quien no se encontraba en el lugar, ante lo cual procedieron a detener a sus hermanos Gabriel Marcelo y Pedro Eduardo ambos Cortez Luna, trasladándolos hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, donde quedó a cargo del grupo de carabineros, cuyo jefe era un teniente (Patricio Jeldres), los que interrogaban y torturaban a los detenidos políticos. Mientras se encontraba en dicho recinto policial, Pedro Cortez Luna fue reconocido por el referido teniente, porque habían sido compañeros de estudios en el Liceo en Hombres de Chillán, razón por la que ordenó su inmediata liberación, quedando detenido en otra celda Gabriel Marcelo Cortez Luna.

Que, a las 8:30 horas del día siguiente, 19 de septiembre de 1973, carabineros del Retén Población Zañartu encontró un cadáver de N.N., en calle Lazareto frente a las bodegas de ‘Dinac’ de Chillán, el que presentaba una entrada de proyectil en la espalda, pulmón izquierdo con salida en la cara, pómulo derecho, según da cuenta el parte policial de fs. 582, las que le produjeron la muerte, conforme al certificado médico de defunción de fs. 643, el que agrega, ‘proyectil balístico, acción de contingente uniformado’. Realizadas las pericias respectivas para su identificación, logró establecerse que correspondía a GABRIEL MARCELO CORTEZ LUNA, practicándose las inscripciones y subinscripciones respectivas en la inscripción de defunción ¿ 475, Registro E, del año 1973, de la Circunscripción de Chillán, por orden de la Fiscalía Militar de dicha ciudad, siendo inhumado en la fosa común del cementerio de Chillán, sin dar aviso alguno a sus familiares, que lo buscaron infructuosamente por todas partes. Así fue que después de muchas indagaciones se dirigieron al cementerio local, donde el hermano y la madre de la víctima, el 18 de octubre de 1973 lograron encontrar su cuerpo y trasladarlo a una sepultura familiar.

Para la jurista, las sentencias solo se consiguieron debido al cambio de la sede del arbitraje.

“Acá estamos frente a una reparación de justicia, pero que llega muy tarde. Hoy ya no hay causas por derechos humanos que se tramiten acá en Chillán, se tramitan en Concepción. Si esas causas hubiesen permanecido acá en la Corte de Apelaciones de Chillán, estamos ciertos que hubiesen estado sobreseídas”.

El adiós del ministro Aldana

Finalizada la audiencia de comunicación de sentencia, el ministro Carlos Aldana citó a la sala a los familiares de las víctimas y a sus abogados, para explicarles en términos simples los alcances de la condena y responder a las dudas que les pudieron quedar.

“Hicimos todo lo que estuvo a nuestro alcance”, dijo en relación a su disconformidad ante no haber conseguido información, durante la investigación, respecto al paradero de quienes siguen desaparecidos.

Los familiares, sabiendo que el juez se retira de la actividad este 23 de diciembre, le agradecieron entre lágrimas su gestión para despedirlo con un extendido aplauso.



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Autor: By Felipe Ahumada
Bildinformation: Imagen: Poder judicial
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